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Aviso de apertura de establecimientos ante el SAT.
Teniendo a bien sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, asi como lugares donde se almacenen mercancías y en general cualquier lugar que se utilice para el desempeño de actividades.
Se tiene la obligación tanto personas Físicas así como Morales de hacer el presente tramite por Internet o bien en las salas de Internet de la Administración Local de Servicios al Contribuyente, donde deberá ingresar a la aplicación de “Mi portal”, en este solicitara tu RFC y CIECF, de ahí a la aplicación de “Actualización de obligaciones” llenas el cuestionario y en la actualización que te atañe y envías el tramite posteriormente imprimes y guardas el acuse, en caso de asistir a la ALSC será sin previa cita, cabe mencionar que se presenta el tramite acorde a los artículos Art. 27 CFF, Art. 25 y 28 Reglamento del CFF. Regla II.2.5.1. RMF.